SII emite circular y resolución sobre residencia y domicilio

La Ley N°21.210 reemplazó el concepto de “residente” contenido en el artículo 8 N°8 del Código Tributario. Así, bajo la actual normativa se considera “residente” a aquella persona que permanezca en Chile, en forma ininterrumpida o no, por un periodo o periodos que en total excedan de 183 días, dentro de un lapso cualquiera de 12 meses.

Con fecha 25 de noviembre de 2021 el Servicio de Impuestos Internos emitió la Circular N°63, refiriéndose principalmente a la forma y momento en que un contribuyente adquiere la calidad de “residente” y de “domiciliado” en Chile. Asimismo, la mencionada circular aborda las situaciones de pérdida de “residencia” y “domicilio”, así como los efectos de la aplicación de convenios para evitar la doble tributación internacional en esta materia.

En cuanto a la pérdida de “residencia” y “domicilio”, cabe destacar que conforme al artículo 103 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, aquellos contribuyentes que prevén que perderán su “residencia” y “domicilio” en Chile deben declarar antes de ausentarse del país el Impuesto Global Complementario devengado que corresponda.

Con fecha 30 de noviembre de 2021 el Servicio de Impuestos Internos emitió la Resolución Exenta N°133, la cual regula el procedimiento para cumplir con dicha obligación, estableciendo la información que debe presentar el contribuyente con esta finalidad.

La Circular N°63/2021 y la Resolución Exenta N°133/2021 pueden ser consultadas en los siguientes enlaces:

RESOLUCION

CIRCULAR